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miércoles, 13 de octubre de 2010

Diputados evitan el robo a pensionados del IMSS

 
El pleno aprueba por unanimidad que permanezca por ley el tope de 25 salarios mínimos

Diputados enmiendan la plana a la Corte; no se recortan pensiones
 
En el mayor sigilo, el máximo tribunal determinó el 9 de junio reducir el monto a 10 minisalarios
La decisión afectaba a un millón 200 mil trabajadores que verían disminuidas sus jubilaciones

Foto 
 
Sesión de trabajo en el Palacio Legislativo de San Lázaro. Al micrófono, el diputado del PT Gerardo Fernández Noroña, quien muestra un video de Felipe Calderón entrevistado por BrozoFoto Cristina Rodríguez
 
Roberto Garduño y Enrique Méndez
 Periódico La Jornada
Miércoles 13 de octubre de 2010, p. 11
 
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad una reforma al artículo 25 transitorio de la Ley del Seguro Social, con objeto de que el límite superior de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no se reduzca a 10 salarios mínimos, sino que permanezca el tope de 25 salarios.

Con ello, la Cámara de Diputados enmienda el fallo que en una sesión privada, el 9 de junio, emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCN), con el cual afectaba a un millón 200 mil trabajadores.
El 22 de julio, este diario informó de la decisión que en el mayor sigilo asumió la Suprema Corte de tasar las pensiones más altas en 10 salarios mínimos, lo cual constituía un golpe a los futuros pensionados cuyos sueldos los ubican en el límite de 25 salarios de pensión, y que con ello verían disminuido su ingreso de retiro.

En junio, la segunda sala de la Corte aprobó por unanimidad de sus cinco integrantes la tesis presentada por el ministro ponente Sergio Valls –quien fue director jurídico del IMSS– que cuantificaba las pensiones por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada de los trabajadores a un límite de 10 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, borrando de un plumazo los 25 salarios dispuestos en la Ley del Seguro Social.

De esa forma, si un trabajador había cotizado 2 mil semanas de trabajo ininterrumpido durante su vida laboral, y a la hora del retiro mantenía un ingreso mensual superior a 25 salarios mínimos, equivalente a unos 42 mil pesos, sólo recibiría 17 mil.

Ayer, por 354 votos a favor y ninguno en contra, la Cámara aprobó la adición de un párrafo tercero al artículo 25 transitorio de la Ley del IMSS, que define los alcances de los seguros de invalidez y vida, así como para los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez:

Ese mismo límite en (25) veces el salario mínimo, será el monto superior de las cuantías de las pensiones de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley, así como de sus beneficiarios que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga.

Al explicar el dictamen a una iniciativa del PRD para corregir el fallo de la Corte, el presidente de la Comisión de Seguridad Social, Uriel López, afirmó que la Cámara asumió una decisión para dar certidumbre jurídica a los trabajadores y evitar que un cambio en la dirección del IMSS recortara el monto de las pensiones.

Refirió que la reforma a la Ley del IMSS, que basa las pensiones en un sistema de cuentas individuales, establece que al inicio de su vigencia el máximo de aportación obrero-patronal sería la cantidad equivalente a 15 veces el salario mínimo general en el Distrito Federal, que se acrecentaría en un salario mínimo cada año hasta llegar en 2007 a 25 salarios mínimos.

Sin embargo, dijo, la legislación dejaba una laguna que permitió a la Corte acotar el monto de las pensiones, al resolver la contradicción de tesis 143/2010, sustentadas por los tribunales colegiados decimotercero y decimosegundo, ambos en materia de trabajo.

En su fallo, la Corte determinó que “los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte (...) tendrán como límite superior el correspondiente a 10 veces el salario mínimo, en el entendido de que aquel límite rige para los seguros de enfermedad general y maternidad.

Para evitar que esto se repita en el futuro, en este dictamen se restablece el equilibrio en las disposiciones de ley, dijo el legislador perredista.
Al sumarse a la definición de la reforma, el diputado Raúl Cuadra García (PAN) lamentó la inseguridad jurídica en que se dejaba a los asegurados del IMSS con la jurisprudencia de la Suprema Corte.

El PAN está por el derecho de los trabajadores a mejores prestaciones, a gozar de una pensión digna y justa después de tantos años de trabajo, expresó.

Fin a la incertidumbre

El líder de los telefonistas y diputado del PRD, Francisco Hernández Juárez, resaltó que la decisión de los ministros en contra de las pensiones generó un escenario de incertidumbre para los trabajadores, que tras cotizar para obtener pensiones de hasta 25 salarios mínimos, “graciosamente se les quería modificar esa situación y limitarla a sólo 10.


La reacción que se generó en el país fue de tal magnitud que el Seguro Social debió pensar seriamente en mantener (el tope de 25 salarios), pero lo que resultó determinante fue la posición de la Cámara de Diputados, que deja a salvo cualquier otra interpretación de la ley, manifestó el legislador.

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